La condición de no habido es una de las situaciones más perjudiciales en las que puede caer una empresa peruana, y casi siempre ocurre por descuido administrativo, no por mala fe.
Cómo se llega a ser no habido
El proceso tiene dos etapas y deja margen para reaccionar:
- No hallado. SUNAT intenta notificar o verificar el domicilio fiscal y no encuentra a nadie, la dirección no existe, está cerrada o el contribuyente se mudó sin comunicarlo. Tras varios intentos infructuosos, el contribuyente pasa a esta condición.
- No habido. SUNAT publica la relación de no hallados y les otorga un plazo para declarar o confirmar su domicilio fiscal. Si no lo hacen dentro de ese plazo, pasan a no habido.
Es decir, existe un aviso previo. El problema es que suele pasar inadvertido, porque llega al buzón electrónico o se publica en el portal.
Las consecuencias son inmediatas y graves
Para sus clientes
Es la más grave. Los comprobantes emitidos por un contribuyente no habido no otorgan derecho a crédito fiscal ni permiten deducir el gasto a quien los recibe.
En la práctica, sus clientes empresa pierden el 18% de IGV de sus facturas y no pueden deducir el gasto en su renta. Cuando lo advierten, dejan de comprarle. Es la consecuencia comercial más rápida y la más difícil de revertir.
Para su empresa
- No puede solicitar devoluciones ni obtener saldos a favor.
- Se le puede suspender la autorización de comprobantes de pago.
- Queda fuera del fraccionamiento de deudas.
- SUNAT puede notificarle por medios alternativos, y esas notificaciones surten efecto.
- Pierde acceso a beneficios y regímenes que exigen estar habido.
- No puede contratar con el Estado.
Para el representante legal
La condición de no habido puede activar la responsabilidad solidaria del representante legal por las deudas tributarias de la empresa, en los supuestos que establece el Código Tributario.
Cómo salir: el procedimiento
- Declare o confirme su domicilio fiscal. Puede hacerlo por SUNAT Operaciones en Línea con su clave SOL, o presencialmente en un centro de servicios.
- Asegúrese de que la dirección sea real y verificable. Debe existir, ser identificable y contar con alguien que reciba notificaciones.
- Presente las declaraciones que tenga pendientes. La normativa exige haber cumplido con la presentación de las declaraciones de los periodos exigibles.
- Espere la verificación. SUNAT puede realizar una visita al domicilio declarado para confirmarlo.
- Verifique el levantamiento en la consulta RUC del portal de SUNAT.
El punto crítico: ser ubicable en el domicilio
De nada sirve declarar una dirección si, cuando llega el verificador, no hay nadie o nadie conoce la empresa. Antes de declarar el domicilio, asegúrese de que:
- La dirección esté correctamente descrita, con número, interior, piso y referencia.
- Haya un cartel o señalización visible con el nombre de la empresa.
- Alguien esté presente en horario de oficina para recibir.
- Quien atienda sepa que la empresa opera ahí.
Parece obvio, pero es el motivo por el que fracasa la mayoría de levantamientos.
Por qué las empresas caen en esta situación
- Se mudaron y no actualizaron el domicilio fiscal. Es la causa más frecuente.
- Declararon la vivienda de un familiar, donde nadie conoce la empresa.
- Usaron una oficina virtual sin servicio real de recepción.
- Cerraron el local pero mantuvieron el RUC activo.
- Nadie revisa el buzón electrónico, de modo que el aviso previo pasó inadvertido.
Cuánto tarda
El levantamiento no es inmediato. Depende de la verificación que realice SUNAT y de que las declaraciones estén al día. Mientras tanto, la empresa sigue sin poder emitir comprobantes que den crédito fiscal a sus clientes.
Por ello conviene actuar en cuanto se detecta la situación, y no cuando un cliente reclama.
Cómo comprobar su condición hoy mismo
Ingrese a la consulta RUC del portal de SUNAT, introduzca su número y revise dos campos: estado del contribuyente (activo, suspensión temporal, baja) y condición del domicilio (habido, no hallado, no habido).
La consulta es gratuita y toma treinta segundos. Conviene hacerla también con sus proveedores habituales: si uno de ellos está no habido, sus facturas no le dan crédito fiscal.
Prevención
- Actualice el domicilio fiscal antes de mudarse, no después.
- Revise el buzón electrónico cada semana.
- Verifique su condición en la consulta RUC periódicamente.
- Si utiliza una dirección de terceros, asegúrese de que exista recepción real de documentos.
Si desea orientación sobre el levantamiento de la condición de no habido o sobre un domicilio fiscal con recepción real de notificaciones, nuestro equipo puede ayudarle.